domingo, 21 de julio de 2013

UNIDAD V

RELACIÓN ENTRE ESTADO Y SOCIEDAD

La sociedad representa una infinita cantidad de relaciones entre los individuos que la integran, dichas relaciones tienen diferentes finalidades y se pueden mostrar en una gran variedad de situaciones. El Estado es la estructura que hace la misma sociedad para poder mantener, en lo más posible, un control y orden sobre dichas relaciones.

El Estado, integrado mediante los diferentes órganos de control, juega no solo el papel de un arbitro en la sociedad sino que también un papel de corrector en las situaciones anormales que vulneren la pacífica convivencia entre los individuos. Así el Estado es el único facultado para emitir y hacer cumplir las normas jurídicas que son aceptadas por la sociedad por considerarlas necesarias y propias.

A la larga podría decirse que la relación existente es que el Estado es la creación de la sociedad surgido de la necesidad de la convivencia bajo normas reguladas y controladas por un ente administrador de justicia.

Una sociedad sin Estado es una sociedad que no se rige por un Estado, definición dada desde la antropología. En tales sociedades no es poca concentración de la autoridad, la mayoría de posiciones de autoridad que existen son muy limitadas en su poder y tales posiciones por lo general no son ocupadas en forma permanente, y los organismos sociales para resolver disputas a través de reglas predefinidas tienden a ser pequeños. Las sociedades sin Estado son muy variables en la organización económica, y las prácticas culturales. La mayor parte de la historia de la humanidad la gente ha vivido en sociedades sin Estado. Sin embargo, pocas sociedades sin Estado existen en la actualidad, ya que la mayoría de ellas han sido obligadas en la integración con las sociedades de ámbito estatal que les rodean.

ENFOQUES CONTEMPORÁNEO  DE DEMOCRACIA

Estado de la discusión contemporánea sobre democracia.
Se trata de definir un escenario de debate que permita ubicar el tema e identificar los principales puntos de controversia.
No se pretender agotar un tema sobre el cual existe una amplia literatura, sino precisar aquellos elementos del debate.

DEMOCRACIA Y GLOBALIZACIÒN.
Una de sus características es la inexistencia de un ‘’gobierno mundial’’  que establece y haga cumplir ciertas reglas.
Las grandes decisiones internacionales son tomadas por las corporaciones económicas internacionales y por los organismos multilaterales.

DEMOCRACIA  CONTEMPORÁNEA
Los partidos políticos son organizaciones a las que se les asigna el derecho a participar en la selección política por medio de la presentación de candidatos, y de programas de acción del gobierno
Uno de los roles es lograr un Estado de Derecho, fundado en un texto solemne y sagrado, que abrace por igual a los gobernantes y gobernado, que consagre la existencia de los derechos del hombre, personales e intransferibles, como principios precedentes al Estado.
El nacimiento del Estado de Derecho no se puede separar de las primeras constituciones escritas y de los principios liberales de la organización del poder, que en sus variantes más conocidas, que son el Presidencialismo y el Parlamentarismo, de allí se clasifica la división entre los poderes ejecutivos, legislativos y judiciales. A partir de ahí, se encuentra el desarrollo mediante, de la democracia que se consuma con la libre expresión de la voluntad popular.

EN NUESTRO MEDIO
Como vemos,  la democracia los partidos políticos diferenciales fundamentalmente para el funcionamiento del sistema republicano de gobierno, son los candidatos para su realización, y las voces de control que todo poder necesitar. Son electos por el voto popular que ejerce el voto ciudadano a su Presidente y al Parlamento.
Los partidos políticos en la actualidad en Ecuador están disueltos ya que la Constitución les obliga a volver a inscribirse. Tradicionalmente los partidos políticos han sido la fuente de personas que han estado en las elecciones.

EL PROCESO DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO DE DERECHO AL ESTADO DE DERECHOS

Durante la vigencia de la Constitución Política del Ecuador del año 1998, nuestro Estado soberano se encontraba consagrado como un estado de Derecho que se regía por el conjunto de leyes e instituciones regidas en torno a la Constitución, la misma que estuvo vigente por el tiempo de diez años para luego llegar a una Consulta Popular en el año 2008 y reformar la Constitución que en la actualidad concibe al Ecuador como Estado Constitucional de Derechos y Justicia social, el mismo que se inspira en los Convenios y tratados Internacionales de Derechos Humanos. Un estado de derecho es aquel en el que la ley es el instrumento preferente para guiar la conducta de los ciudadanos, en donde el derecho no requiera del auxilio de otras ciencias para su comprensión, por lo tanto el Estado es el destinatario principal del derecho sea como estructura, sea como garante de las relaciones jurídicas de las personas. La ley cuando está vigente debe cumplirse prescribe el autor Ramiro Ávila Santamaría, cuando en sus frases expresa que “la ley cuando está vigente debe cumplirse, aun cuando se piense que el resultado en la realidad es una injusticia”, operando en forma estricta el principio de legalidad. Trasladándonos a nuestra época actual, el Estado de derechos establece que nuestros legisladores no tienen la libertad para configurar la ley en forma libre, sino que están sometidos a configurar una norma con observancia de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que asisten a las personas y las colectividades, en este sentido se diferencia de la Constitución de 1998, porque en la actualidad nuestra Norma Suprema si requiere la asistencia de otras ciencias para entender e interpretar la realidad en la que ocurren las violaciones a los derechos de los ciudadanos. El texto normativo de la Constitución de la República del Ecuador contempla el sometimiento del Estado a los derechos que en su cuerpo se consagran, es así que el doctor Ramiro Ávila Santamaría a extraído el siguiente contenido: 1. El Estado sometido a los derechos. Es deber primordial del Estado garantizar el efectivo goce de los derechos. El más alto deber del Estado es respetar y hacer respetar los derechos. La participación en todo asunto de interés público es un derecho. Las juezas y jueces administran justicia con sujeción a derechos.
1 2. Los derechos son de inmediato cumplimiento y aplicación por parte de cualquier autoridad pública. Partamos del hecho que el constitucionalismo moderno es “constitucionalismo de derechos”, pero la incidencia del y su naturalismo en la determinación del Estado Constitucional de derechos, va más allá. Éste cumple por lo menos tres funciones que a lo largo de la Constitución Ecuatoriana hacen su presencia: La “legitimación” del poder coercitivo del Estado; la “justificación” de sus decisiones públicas, en especial de los jueces constitucionales, de “regulación” de situaciones límite, por ejemplo el reconocimiento de figuras como la “desobediencia civil en el Art. 99., la “objeción de conciencia Art. 66, num 12., o el “derecho a la resistencia Art. 98 de la Constitución de la República del Ecuador. Legitimación del poder estatal.- En cuanto al poder coercitivo del Estado, él y su naturalismo racionalista que reemplazó la voluntad divina por la voluntad popular, partiendo de la premisa de la libertad y la igualdad de todos los seres humanos. La idea de una naturaleza humana, libre e igual ante la ley, vendrá a servir de fundamento al pacto o contrato social que regula el uso dela fuerza y exige la obediencia de los asociados apareciendo el imperio de la ley. En la visión dela Constitución Ecuatoriana, él y su naturalismo racionalista adquiere una característica de núcleo intangible lógico de un sistema de derechos en el que la autonomía pública y la autonomía privada participan en conjunto en el origen del derecho positivo. Justificación de las decisiones judiciales.- a nivel de las decisiones judiciales es quizá en donde se nota más la presencia y su naturalista, incluso en versiones que son verdaderos atavismos históricos que lesionan los núcleos intangibles de los derechos humanos como la vida, la libertad, la igualdad. Los operadores de justicia, pueden fundamentar sus decisiones en los conceptos de autonomía individual, la del cuerpo, alimentaria y bajo la premisa de igualdad entre los derechos, privilegiar uno de ellos en desmedro de los derechos fundentes de los derechos humanos. Derecho a la resistencia.- dentro de lo que constituye el marco regulatorio por parte del Estado, el derecho a la resistencia que se lo considera parte del “Derecho Natural” busca regular situaciones límite, de forma que el derecho justo representado por la resistencia popular, la desobediencia civil u otras manifestaciones del pueblo, no sean acallados, lesionados por un Derecho Positivo ejercido en forma despótica o arbitraria.
2 3. Principio de indivisibilidad.- destaca que los derechos humanos están vinculados entre sí como si fueran vasos comunicantes, y que por lo tanto no es válida la interpretación sectorial, en el sentido, por ejemplo, de enfatizar algunos e ignorar otros; esto induce, por lo contrario, a la interpretación integral de los derechos; un derecho está siempre vinculado a los otros derechos, conectados unos y otros. Principio de irreversibilidad.- una vez reconocido el derecho humano por un país, no resulta válido después derogarlos, puesto que, se afectan a derechos adquiridos. Los derechos deben ser siempre más amplios cobijar más al ser humano evitando lesionar derechos que una vez reconocidos se hayan aplicado y en consecuencia generado derechos que ya le pertenecen a la persona. Este sin número de derechos prescrito en la actual Constitución de la república del Ecuador determina la soberanía de nuestro Ecuador enmarcada en disposiciones legales que protegen derechos humanos con observancia de Pactos y Convenios
Las definiciones del estado de derecho y los derechos fundamentales
Autores: Francisco Javier Anzoátegui Roig
Localización: Sistema: Revista de ciencias sociales, ISSN 0210-0223, Nº 158, 2000 , págs. 91-114

RESUMEN

En este artículo se defiende una determinada concepción del Estado de Derecho, en la que los derechos fundamentales constituyen un elemento esencial: la presencia de derechos fundamentales caracteriza el funcionamiento de un específico modo de articulación y ejercicio del Poder político por parte del Estado como es el Estado de Derecho. La vinculación entre derechos fundamentales y Estado de Derecho nos introduce en el ámbito de los problemas relacionados con la definición del Estado de Derecho. El concepto de Derecho es un concepto esencialmente controvertido, de lo que se deriva la consecuencia de la inutilidad de emplear con él determinadas estrategias definitorias. Ciertos desacuerdos respecto a los rasgos básicos del concepto de Estado de Derecho obedecerían en realidad al hecho de que por las partes en contienda se están utilizando definiciones de distinto tipo; esto es lo que parece ocurrir en el caso de la crítica que Eusebio Fernández dirige al concepto de Estado de Derecho propuesto por Elías Díaz. Ello, con independencia de que esos desacuerdos puedan ser también expresión de la existencia de distintas concepciones de un mismo concepto. Además, de la afirmación según la cual los derechos fundamentales son un rasgo del concepto de Estado de Derecho se desprenden consecuencias importantes en lo que se refiere a la estructura normativa, y la articulación, del propio Estado de Derecho. El modelo de Estado de Derecho propuesto por Luigi Ferrajoli muestra la incidencia concreta de la presencia de las normas de derechos fundamentales en el Ordenamiento de un Estado de Derecho, y sirve para mostrar las implicaciones normativas y estructurales de la afirmación según la cual sin derechos fundamentales no se puede hablar de Estado de Derecho.

Instituciones y actores políticos a nivel nacional

INSTITUCIÓN
Este término es aplicado a las normas de conductas y costumbres consideradas importantes para la sociedad, así como también para les particulares organizaciones formales de gobierno y servicio público.

ACTORES POLÍTICOS
Son los sujetos que tienen un papel interactivo dentro de la política, como por ejemplo los partidos políticos y los funcionarios públicos.

SE MUEVEN EN CUATRO DIMENSIONES:
Electoral, busca competir y ganar elecciones para llegar al poder.
La relación con los movimientos, esto le permite contar con bases o la realización de alianzas estratégicas en caso de llegar al poder.
Lo extra partidario, tiene que ver con la organización interna, donde tiene que posicionarse y competir con sus correligionarios.
La opinión pública, tiene que ver con las capacidades de hacerse conocido ante la ciudadanía.




1 comentario:

  1. Temas verdaderamente interesantes en ellos podemos encontrar interrogantes que nos han dejado con dudas espero y le sirva esto como una pequeña ayuda.

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